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Cobertura

Seguro de accidentes personales en Quilmes

Es la cobertura prevista para quienes no se desempeñan en relación de dependencia y, por lo tanto, no cuentan con ART: monotributistas, oficios independientes, deportistas y afiliados a instituciones.

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La póliza responde ante un hecho accidental: muerte accidental, invalidez permanente y asistencia médico-farmacéutica hasta el límite contratado. Puede contratarse con cobertura durante las 24 horas o exclusivamente durante la jornada laboral.

Es asimismo la cobertura que habitualmente requieren clubes, entidades gremiales, establecimientos educativos y organizadores de eventos como condición para el desarrollo de una actividad. En esos casos, la póliza se emite conforme a las sumas aseguradas exigidas.

No corresponde confundirla con la ART: cuando existe personal en relación de dependencia, la ART es obligatoria y esta cobertura no la sustituye.

Alternativas de contratación

Variantes disponibles

Cada compañía las denomina de manera diferente, pero se corresponden con estos niveles de cobertura. Se cotizan las que resulten aplicables a su caso para que la comparación se realice sobre valores concretos.

Independientes y monotributistas

Cobertura 24 horas

Responde ante un accidente en cualquier momento del día, con independencia de que el asegurado se encuentre desarrollando su actividad.

Actividades determinadas

Jornada laboral

Comprende exclusivamente el horario de trabajo y el trayecto, con una prima inferior.

Clubes, entidades gremiales y eventos

Póliza colectiva

Ampara a un grupo de personas para una actividad determinada, mediante nómina o por cantidad de participantes.

Alcances y exclusiones

Qué comprende la póliza y qué queda excluido

El siguiente cuadro es orientativo y corresponde a los planes habituales del mercado. Las condiciones que rigen cada contratación son siempre las de la póliza emitida por la compañía, que se repasan en detalle antes de contratar.

Coberturas comprendidas

  • Muerte por accidente
  • Invalidez total o parcial permanente por accidente
  • Asistencia médica y farmacéutica hasta la suma contratada
  • Cobertura del trayecto de ida y regreso al trabajo, según el plan
  • Grupos y actividades determinadas mediante póliza colectiva

Exclusiones habituales

  • Las enfermedades: la póliza responde ante accidentes, no ante dolencias
  • Los accidentes de trabajo del personal en relación de dependencia, que corresponden a la ART
  • Los deportes de riesgo y las actividades peligrosas no declaradas
  • Los accidentes ocurridos bajo los efectos del alcohol o de sustancias
  • Las lesiones preexistentes al inicio de la vigencia
Preguntas frecuentes

Sobre accidentes personales

Las consultas más habituales sobre este ramo. Si necesita precisar alguna cuestión referida a su situación, puede plantearla directamente.

+54 9 11 5494-4279

¿Accidentes personales equivale a la ART?

No. La ART integra el sistema obligatorio de riesgos del trabajo para el personal en relación de dependencia. Accidentes personales es una póliza de contratación voluntaria, prevista principalmente para monotributistas y trabajadores independientes, que no sustituye a la ART cuando existe personal registrado.

¿Cumple con el requisito exigido por un club o una entidad gremial?

Sí. Es precisamente la cobertura que suelen requerir clubes, entidades gremiales, establecimientos educativos y organizadores de eventos. Informadas las sumas aseguradas exigidas, la póliza se emite conforme a esas condiciones.

¿La póliza comprende las enfermedades?

No. Esta cobertura responde ante un hecho accidental, súbito y externo. Las enfermedades quedan excluidas en todos los planes; para ese riesgo corresponde otro tipo de producto.

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